El jefe de Gabinete oficializó este martes la presentación del proyecto de Ley de Libertad Educativa, elaborado a partir de las conclusiones del Consejo de Mayo. La iniciativa redefine la organización de la educación básica —niveles inicial, primario y secundario—, introduce cambios en el financiamiento universitario y deroga la Ley de Educación Nacional Nº 26.206, vigente desde 2006.
El texto incorpora medidas ya adelantadas por el Gobierno en la primera Ley Bases y suma 169 artículos, 33 más que el borrador difundido en noviembre. El enfoque central está puesto en la “libertad educativa” y en un rol protagónico de las familias como agentes primarios de la educación.
Según el informe del Consejo de Mayo, la mesa de educación sesionó mensualmente entre septiembre y diciembre para delinear los ejes de la reforma, mientras que la mesa técnica laboral trabajó de manera semanal. El documento sostiene que los mejores resultados educativos se asocian con altos niveles de autonomía institucional y rendición de cuentas.
La versión oficial del proyecto deja sin efecto la posibilidad de habilitar la enseñanza religiosa confesional optativa en escuelas públicas, una de las medidas que había generado mayor controversia en el borrador preliminar.
A continuación, los principales puntos de la iniciativa.
1. Mayor autonomía escolar
El proyecto propone otorgar a todas las instituciones del país una autonomía pedagógica y curricular ampliada. Cada escuela podrá definir su plan de estudios, métodos de enseñanza, organización interna y calendario escolar.
El artículo 44 establece que, con gradualidad definida por cada jurisdicción, las escuelas estatales podrán elaborar sus propios planes de estudio y reglamentos, participar en la selección de su personal y administrar los recursos asignados. Los directores quedarán habilitados para proponer la contratación y eventual separación de docentes y personal no docente, sujeto a ratificación provincial.
Se mantienen contenidos mínimos comunes nacionales y jurisdiccionales, pero se habilita la elaboración de “planes de estudio institucionales”, aprobados por la provincia y la Nación. Se creará un Registro Nacional de Planes de Estudio.
El calendario escolar se medirá por horas y no por días: 540 horas anuales para nivel inicial y 720 horas para primaria y secundaria, cifras inferiores a los acuerdos del Consejo Federal de Educación de 2024. Cada escuela podrá extender su calendario según su proyecto pedagógico.
Además, se declara la esencialidad de la educación básica, lo que exige garantizar la continuidad mínima del servicio ante medidas de fuerza.
2. Un rol central para las familias
El proyecto incorpora mecanismos que otorgan mayor participación a las familias. Entre ellos, formaliza la educación en el hogar, habilita sistemas de financiamiento dirigidos a padres y estudiantes, y promueve la difusión de datos educativos desagregados por escuela, sin identificación de alumnos o docentes.
En las escuelas estatales se crearán consejos de padres, con facultades para incidir en la designación y remoción de directivos, y para participar en la elaboración de reglamentos internos. No tendrán injerencia en la contratación docente.
Se reconoce el derecho de las familias a elegir instituciones acordes a sus convicciones y a acceder a los resultados individuales de evaluaciones nacionales.
3. Homeschooling y educación virtual
El capítulo VI regula las formas alternativas de enseñanza, habilitando explícitamente el homeschooling y la educación virtual o híbrida sin establecer una edad mínima. La educación virtual podrá ser brindada por instituciones nacionales o extranjeras.
Las provincias deberán crear registros de estudiantes bajo estas modalidades, con procedimientos no discrecionales y sin controles invasivos de la vida familiar. Quienes estudien en el hogar deberán acreditar contenidos mínimos mediante evaluaciones estandarizadas en cualquier escuela.
El proyecto también contempla mecanismos para la detección y asistencia ante posibles vulneraciones de derechos en entornos familiares.
Asimismo, se mantienen las ocho modalidades ya existentes en la ley vigente, entre ellas educación especial, rural, técnica, artística y en contextos de privación de libertad.
4. Evaluación y examen final de secundaria
La iniciativa mantiene las evaluaciones nacionales Aprender, que medirán aprendizajes vinculados a los contenidos mínimos y desempeño docente y directivo.
La novedad es la creación del Examen Nacional de Educación Secundaria (ENES), de carácter voluntario e individual, que integrará conocimientos de Lengua, Matemática, Ciencias Naturales y Ciencias Sociales y Humanidades. Los estudiantes podrán acceder a sus resultados, y el Estado podrá publicar información por escuela.
En cuanto al personal docente, se creará el Instituto Nacional de Formación y Carrera Docente, que reemplazará al INFoD. La estabilidad laboral quedará vinculada al desempeño, la formación continua y la ética profesional. Habrá evaluaciones periódicas cada cuatro años como máximo.
5. Financiamiento del sistema educativo
El proyecto elimina la meta de inversión del 6% del PBI y establece que el financiamiento de la educación básica será responsabilidad de las jurisdicciones, mientras que la Nación financiará acciones propias de la política educativa nacional.
Se prevé la continuidad de aportes a las escuelas privadas y se establecen dispositivos de financiamiento por demanda en todos los niveles, dirigidos a familias o estudiantes. También se fijan criterios para la asignación de recursos según matrícula, nivel socioeconómico y necesidades específicas.
El proyecto crea un sistema federal de monitoreo de la inversión educativa dentro del Consejo Federal de Educación y exige evaluaciones periódicas e independientes del gasto.
Financiamiento universitario
La iniciativa reforma artículos de la Ley de Educación Superior. El presupuesto universitario se distribuirá con criterios centrados en la cantidad de estudiantes, la carga típica de estudio y ponderaciones por costos y valor estratégico de las carreras.
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75% de los fondos se asignará según cantidad de alumnos regulares —quienes deberán aprobar al menos dos materias por año—.
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20% dependerá del desempeño institucional: egresos, producción científica y actividades de extensión.
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5% se destinará a programas de mejora institucional bajo contratos-programa con metas verificables.
El proyecto también refuerza los mecanismos de auditoría externa e interna para garantizar transparencia en el uso de recursos universitarios.