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Piden una internación psiquiátrica de 45 años para el asesino de una mujer lomense

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El fiscal de La Matanza pidió que el anciano de 82años que se asesinó a María Dolores Juntos, en setiembre de 2020, en Isidro Casanova, sea declarado inimputable, en función de los informes psiquiátricos. No obstante, pidió que se lo interne para un tratamiento, como medida de seguridad, por 45 años.

María Dolores Juncos era oriunda de Lomas de Zamora, en donde vive toda su familia, que ha venido reclamando justicia desde poco después de su femicidio.

El pedido se realizó en el marco del juicio oral que comenzó este martes en el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 2 de La Matanza y al cual Hermes Ramón Acuña llegó imputado del delito de «homicidio agravado por el vínculo de pareja existente con la víctima y por haberse perpetrado contra una mujer por un hombre, mediando violencia de género».

Según informó Primerplanoonline.com , el pedido de fiscal ratificó los informes en el que se señalaba inimputabilidad de Acuña pero sorprendió el pedido de 45 años de internación en un psiquiátrico.

En sus últimas palabras ante el tribunal, Acuña dijo que estaba arrepentido y le pidió disculpas a la “familia de Maru”.

Acuña, quien llegó al debate cumpliendo prisión domiciliaria en la misma casa en la que Juncos fue asesinada, había sido considerado «inimputable» el 22 de febrero del año pasado por el TOC 1 de La Matanza, conformado por los jueces Alfredo Drocchi, Matías Rouco y Andrea Schiebeler.

Estos magistrados fundaron su decisión en una pericia psiquiátrica realizada por profesionales del Gabinete Psiquiátrico Forense, dependiente de la Dirección de Salud Mental de la Dirección Provincial de Salud Penitenciaria, la cual determinó que Acuña «no presenta riesgo cierto e inminente en la actualidad».

A pesar de ello, tres meses después, la Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías de La Matanza, presidida por el juez Gerardo Lucio Frega, hizo lugar a un planteo presentado por el fiscal Luppino para que se «revoque el sobreseimiento» y «se haga nula la excarcelación», por lo que se ordenó la realización de un nuevo juicio y que el hombre permanezca bajo el régimen de prisión domiciliaria.

Dicha medida fue respaldada por la Sala II del Tribunal de Casación bonaerense, integrada por los jueces Fernando Luis María Mancini y María Florencia Budiño, quienes recomendaron que la sentencia condenatoria sea efectuada por un tribunal oral.

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