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Polémica: El Gobierno propone que los alumnos aprueben materias sin concurrir a clases presenciales

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El Gobierno nacional llevó al Consejo de Mayo un borrador de la Ley de Libertad Educativa, que busca derogar la Ley 26.206 y reformular el sistema educativo básico en todos sus niveles obligatorios. El texto, de 136 artículos, plantea un esquema centrado en la “libertad educativa” y en el rol primario de las familias en la formación de los estudiantes.

Principales medidas del proyecto

1. Nuevas modalidades de enseñanza

  • Home schooling habilitado como “forma alternativa de enseñanza”, sin edad mínima.

  • Los aprendizajes podrán acreditarse mediante exámenes periódicos.

  • Se incorporan la educación híbrida y a distancia como opciones formales.

2. “Libertad educativa”, rol de la familia y Estado subsidiario

  • Se afirma la libertad de enseñanza y aprendizaje como principio rector.

  • La familia es definida como “agente natural y primario” de la educación.

  • El Estado adopta un rol subsidiario frente a familias e instituciones.

3. Planes de estudio “propios”

  • Cada escuela podrá diseñar su plan de estudios propio, conforme a su ideario.

  • Se mantienen contenidos mínimos comunes para todo el país.

  • El Estado otorgará la validez nacional y llevará un Registro de Planes de Estudio.

4. Calendario escolar por horas

  • Mínimo de 540 horas anuales para nivel inicial.

  • Mínimo de 720 horas para primaria y secundaria.

  • Las escuelas podrán fijar su propio calendario, conforme a su proyecto pedagógico.

  • Hasta 25% del tiempo escolar queda reservado para “autonomía curricular”.

5. Autonomía institucional ampliada

  • Las escuelas podrán definir:

    • Régimen de gobierno interno.

    • Planes de estudio propios.

    • Gestión del personal.

    • Políticas de admisión, permanencia y disciplina.

  • Se prevé una transición progresiva hacia la autonomía en escuelas estatales.

6. Enseñanza religiosa optativa

  • Las jurisdicciones podrán ofrecer educación religiosa confesional en escuelas públicas, optativa y fuera del horario escolar.

7. Esencialidad de la educación

  • La educación básica es declarada servicio esencial, lo que obliga a garantizar una “continuidad mínima” ante medidas de fuerza.

8. Educación especial y modalidades

  • No se menciona la categoría “educación especial”.

  • Se habla de “alumnos con necesidades específicas”, incluyendo discapacidad.

  • Se incorporan educación rural, intercultural bilingüe, domiciliaria, hospitalaria, encierro y altas capacidades.

9. Evaluaciones nacionales y publicación de resultados

  • Las pruebas serán anuales y censales en el último año de primaria y secundaria.

  • Se evaluarán aprendizajes, desempeño docente y directivo.

  • El Estado podrá publicar resultados por escuela, sin identificar alumnos ni docentes.

10. Financiamiento y cambios en la inversión

  • Se elimina la meta del 6% del PBI para educación.

  • Se afirma el financiamiento “compartido” y el rol subsidiario del Estado.

  • Las escuelas estatales y privadas tendrán igualdad de acceso al financiamiento público.

  • Se prevén recursos para:

    • Escuelas (según matrícula, nivel socioeconómico y discapacidad).

    • Familias, mediante becas, vales educativos o créditos fiscales.

  • Se crea un Sistema Federal de Monitoreo de la Inversión Educativa.

11. Gobierno escolar y participación de familias

  • Los directores tendrán facultad para seleccionar y proponer contratación de personal y también proponer suspensiones.

  • Se crea un consejo escolar de padres como órgano de participación.

12. Carrera docente y evaluaciones periódicas

  • La formación inicial seguirá siendo de cuatro años.

  • Se crea el Instituto Nacional de Formación y Carrera Docente.

  • La estabilidad laboral queda sujeta al desempeño satisfactorio.

  • Habrá una evaluación obligatoria cada cuatro años sobre competencias pedagógicas, resultados de aprendizaje y actualización profesional.

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