La medida ordenada por Casanello y ahora confirmada por la Cámara establece que Capital Humano debe elaborar «un plan de distribución de dichos alimentos en atención a su tipo, cantidad, fecha de vencimiento y grupo de destino, previendo su ejecución de modo inmediato». También fijaba un plazo de 72 horas para presentarlo que el Ministerio no cumplió.
El Gobierno había apelado por considerar que el fallo, además de «arbitrario y contradictorio», implicaba «una intromisión del Poder Judicial dentro de la esfera de actuación del Poder Ejecutivo Nacional» y que estas acciones eran competencia del foro contencioso administrativo.
Sin embargo, la Cámara rechazó que exista una «intromisión indebida de la Justicia» ya que «no están en discusión las políticas de Estado en materia de seguridad alimentaria sino, lisa y llanamente, si existió una ilícita actuación de funcionarios públicos que agravó aún más la situación catastrófica en la que se encuentra un importante grupo de personas que no tienen sus derechos humanos básicos cubiertos».
Por otro lado, los jueces cuestionaron el comportamiento de Grabois y Gianni, que incluyó fuertes cruces tanto durante como después de la audiencia. «Lamentablemente, las voces de aquellos a los que representan quedaron ocultas tras gestos violentos y agresiones verbales tanto dentro como fuera de la Sala de Audiencias», señalaron.
También resolvieron enviar los testimonios al Colegio Público de Abogados de la Capital Federal y al Ministerio de Capital Humano «a fin de que, en el marco de sus respectivas competencias disciplinarias, evalúen las conductas de Juan Grabois y Leila Gianni».