La Sala I de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata confirmó el procesamiento con prisión preventiva dictado a los cuatro integrantes de una banda por su responsabilidad en un secuestro extorsivo cometido en la madrugada del 24 de julio de 2016, en Lanús. La Fiscalía Federal N°1 de Lomas de Zamora, a cargo del fiscal Leonel Gómez Barbella, fue quien llevó adelante la investigación del hecho, en el cual se logró liberar a la víctima antes de que se materializara el pago del rescate.
Tras la recepción de la declaración indagatoria de los detenidos ante el fiscal, el representante del MPF requirió el correspondiente procesamiento, haciendo lugar el Juzgado Federal N° 2 de Lomas de Zamora, interinamente a cargo del Dr. Federico Villena. Ante la apelación de las defensas, los jueces de la Sala I de la Cámara Federal de La Plata confirmaron en su totalidad el resolutorio de primera instancia. A la hora de establecer la calificación legal, la justicia consideró como agravante la utilización de un menor de edad, quien fue alojado en un Centro de Régimen Cerrado.
El 23 de julio del año pasado a las 23.45 horas, la víctima fue interceptada por al menos cuatro individuos cuando circulaba con su automóvil por las calles Machín y Zoloaga, de la localidad de Lanús Oeste, en la provincia de Buenos Aires. Mediante el uso de armas de fuego, el hombre fue trasladado al asiento trasero de su propio vehículo y, a través de amenazas, obligado a comunicarse con un familiar para pedir dinero a cambio de su liberación. La maniobra delictiva fue interrumpida horas más tarde por la intervención de personal de la Delegación Departamental de Investigaciones en Función Judicial de Lomas de Zamora, que advirtió en la localidad de Banfield la presencia de la camioneta Volkswagen Suran con la cual se trasladaba la víctima, que para ese momento ya tenía un pedido de secuestro dispuesto por la Fiscalía Federal y concretado por personal de la DDI de Lomas de Zamora. Con la colaboración de personal policial de otras seccionales de la zona y tras una breve persecución, los captores fueron detenidos y la víctima, que se encontraba en el interior del mencionado vehículo, liberada. Los acusados tenían en su poder dinero previamente sustraído a la víctima (unos $1.000); un arma de fuego, y un handy con frecuencia policial que utilizaban para estar al tanto de las alertas emitidas por las fuerzas de seguridad.
La resolución, que lleva la firma de los jueces Roberto Lemos Arias, Carlos Román Compaired y Julio Víctor Reboredo, rechaza cada uno de los recursos interpuestos por la defensa de los imputados, especialmente los aspectos relacionados a la valoración probatoria realizada por el juez de primera instancia. En este sentido, los magistrados señalaron que a lo largo de la instrucción de la causa se logró atravesar “el umbral suficiente de certidumbre” acerca de la intervención y responsabilidad de los acusados en el hecho analizado. “En oposición a los agravios de los letrados defensores, el Tribunal opina que el juzgador justificó el nexo causal de los acontecimientos y tuvo por acreditada la responsabilidad provisional de los encartados en medida adecuada”, indicaron.
En esa línea, el fallo del Tribunal destaca que la evidencia recolectada durante la investigación y “ejercicio de sana lógica mediante, su ponderación a la luz de la crónica efectuada por la víctima no permite otra conclusión que la obtenida por el a quo ante su concordancia con la acusación emanada por el Fiscal instructor”.
Respecto a la prisión preventiva, los jueces de la Cámara Federal ratificaron la procedencia del encarcelamiento temporal de los imputados, tomando como base la ausencia de arraigo suficiente por parte de éstos y la vigencia de medidas urgentes con el objeto de localizar a los restantes implicados en el hecho, ya que según el relato de la víctima, su cautiverio contó con la participación de otros actores. “Se ha valorado la posibilidad cierta de riesgo procesal, es decir, la convicción de que los procesados intentarán eludir la acción de la justicia o entorpecerán la correcta marcha de la instrucción. (…) La idea de peligro allí desplegada es compartida por esta Sala, en la inteligencia de que la existencia de otros responsables elusivos que podrían ser alertados de la investigación no torna prudente en este estadio que los procesados sean sometidos a una alternativa menos gravosa para su sujeción al proceso, ante la palpable probabilidad de perjuicio para la pesquisa en caso de permitírseles tal aviso”.