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La Salada: Le otorgaron prisión domiciliaria a Jorge Castillo

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La Cámara Federal de La Plata resolvió conceder el arresto domiciliario a Jorge Omar Castillo, conocido como “El Rey de La Salada”, quien se encontraba con prisión preventiva en el marco de una causa por asociación ilícita y lavado de activos agravado.

La decisión fue firmada el 4 de noviembre de 2025 por los jueces Carlos Alberto Vallefín y Roberto Agustín Lemos Arias, quienes revocaron la resolución del Juzgado Federal N°2 de Lomas de Zamora, que había rechazado el pedido de morigeración de la medida de coerción.

El pedido fue impulsado por su abogado defensor, Gastón Marano, quien argumentó que no existían riesgos procesales concretos que justificaran la continuidad de la prisión preventiva y que el estado de salud del imputado hacía procedente su permanencia en el domicilio.

Entre los elementos presentados por la defensa se destacó que la mayor parte de la prueba ya se encontraba asegurada, que Castillo había mantenido una conducta colaborativa, tenía arraigo y carecía de antecedentes. También se sostuvo que no existían vínculos con los actuales administradores del predio ferial Punta Mogote SCA, sobre el cual se centra parte de la investigación.

La defensa incorporó un informe médico elaborado por la doctora Laura Leonor López, en el que se indicó que Castillo, de 68 años, requiere controles oncológicos urgentes y seguimiento médico especializado por padecer adenocarcinoma de colon con sospecha de recidiva, eventración abdominal posquirúrgica no reductible, gastritis erosiva crónica, anemia probable con pérdida de peso acelerada e hipertensión arterial leve.

El tribunal tuvo en cuenta estas condiciones clínicas y resolvió, por razones humanitarias, que mantener al detenido en un establecimiento penitenciario podría agravar su estado de salud y vulnerar sus derechos fundamentales.

En ese marco, la Sala III de la Cámara Federal de La Plata revocó la resolución anterior y dispuso concederle el arresto domiciliario con colocación de dispositivo electrónico.

En su fallo, los jueces recordaron que la prisión preventiva debe ser considerada una medida excepcional y que, de acuerdo con las disposiciones del Código Procesal Penal Federal, se debe priorizar la aplicación de medidas menos gravosas cuando resulte posible garantizar la sujeción del imputado al proceso.

El tribunal valoró además los informes médicos, el arraigo acreditado y los antecedentes de cumplimiento de condiciones judiciales en procesos anteriores.

Castillo fue procesado en la denominada “megacausa La Salada”, en la que se le atribuye haber encabezado una organización dedicada a la explotación ilegal del predio ferial y al presunto lavado de activos mediante maniobras financieras y societarias. La causa continúa en etapa de instrucción en el Juzgado Federal N°2 de Lomas de Zamora.

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