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La Corte confirmó la condena a un hombre que asesinó a su hijo en Temperley

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Leonardo Palermo (70) mató a su hijo en medio de una discusión en su casa de la localidad de Temperley. El hecho ocurrió en 2017 y el hombre recibió 18 años de prisión un año más tarde. Este miércoles, esa condena quedó firme tras una resolución la Corte Suprema de

Con los votos de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, el máximo tribunal descartó por inadmisible el último intento de la defensa para revertir el fallo que pesaba sobre el acusado, según informaron fuentes judiciales a Infobae.

El crimen tuvo lugar el 15 de abril de 2017 en el barrio de Villa Galicia, en el partido bonaerense de Lomas de Zamora, cuando Palermo disparó varias veces con un revólver calibre .38 contra su hijo, José Vicente Palermo (35).

La víctima falleció algunos días después a causa de las heridas. Un bombero que lo asistió declaró en el juicio que, después de los disparos, escuchó a Leonardo decir: “¿Todavía no se murió?”.

Durante el juicio por jurados, el padre –quien no tenía permiso para portar el arma– aseguró que disparó para defenderse de una agresión de su hijo, quien supuestamente había llegado drogado y completamente descontrolado a su casa y, en esas circunstancias, lo atacó.

Esa fue la versión que siempre sostuvo. Sin embargo, los peritajes balísticos descartaron ese escenario y señalaron que la trayectoria de las balas no coincidía con esa hipótesis.

Por su parte, la fiscal a cargo de la acusación, Marcela Dimundo, apuntó que la víctima era un joven adicto en situación de vulnerabilidad, pero no tenía antecedentes de violencia.

La fiscalía pidió prisión perpetua por “homicidio agravado por el vínculo y portación ilegal de arma de guerra”. La defensa, en tanto, solicitó la absolución o la pena mínima, haciendo hincapié en las circunstancias familiares difíciles y la ausencia de antecedentes penales del acusado.

Finalmente, el jurado popular debajo del Tribunal Oral en lo Criminal N°10 de Lomas de Zamora, a cargo del juez Daniel Masini, encontró culpable al imputado por “homicidio agravado por el vínculo con circunstancias extraordinarias de atenuación”, además de considerar probado el delito de portación ilegal de arma de guerra.

Los atenuantes citados fueron el buen concepto vecinal y la ausencia de antecedentes penales de Palermo.

Por último, el tribunal estableció una condena de 18 años de prisión, teniendo en cuenta agravantes como la cantidad de disparos efectuados, la vulnerabilidad de la víctima bajo los efectos de estupefacientes y la falta de empatía del acusado tras el ataque.

Así comenzó el derrotero del expediente por los distintos tribunales superiores.

Primero, la defensa apeló la decisión ante la Sala II del Tribunal de Casación Penal bonaerense y posteriormente ante la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires, que ratificaron la condena.

Luego, en su último intento por lograr un giro favorable, acudió a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, recibiendo un nuevo revés este martes, cuando los magistrados declararon el recurso extraordinario como inadmisible, dejando de ese modo dejó firme la sentencia.

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