Durante la última sesión de la Cámara de Diputados bonaerense, el oficialismo aprobó el proyecto de ley de la legisladora, Lucía Iañez, que reforma el régimen penal juvenil para desarrollar medidas educativas que eviten la reincidencia y laborales para la reinserción en la sociedad.
En ese sentido, la iniciativa introduce el concepto de “justicia reparativa” como herramienta que atraviesa el régimen penal juvenil, con el objeto de contribuir a una pronta reinserción socio-comunitaria de los jóvenes que se encuentran privados de su libertad, y permite que “la víctima sea parte del esquema procesal”
“La presente ley tiene por objeto regular la ejecución de aquellas condenas o medidas cautelares impuestas a adolescentes punibles por delitos, cuya comisión o presunción de comisión haya ocurrido antes de alcanzar la mayoría de edad”, expresa el primer artículo del texto que presentó la diputada bonaerense.
Por caso, durante la sesión que llevó adelante la Cámara de Diputados en la madrugada de este viernes, Iañez destacó que el proyecto llevó varios meses de trabajo, y que contó con la participación del Colegio de Magistrados de la provincia de Buenos Aires, la red de jueces penales bonaerenses, el Ministerio de Justicia y el Ministerio de Seguridad. “Fue un proyecto integral”, enfatizó la legisladora.
Según precisó la diputada, el texto tuvo modificaciones en su redacción durante su tratamiento en comisiones para “atender el modo de aplicación de la ley, que es fundamental para los jóvenes bonaerenses”. “Llega a la provincia de Buenos Aires para llenar un vacío legal que lleva décadas sin resolverse”, afirmó.
Es que, según las palabras de Iañez, el proyecto de reforma del régimen penal juvenil pretende hacerle frente a la reincidencia delictiva de los jóvenes, al tiempo que busca brindar herramientas específicas que prioricen la formación educativa y laboral de aquellos adolescentes que ingresan al sistema penal.
En detalle, el proyecto que tuvo media sanción el viernes tiene como finalidad que la ejecución de la pena traiga aparejado “un proceso de comprensión y de responsabilización subjetiva” que permita a los y las adolescentes lograr una “real integración social”. “Se admitirán la aplicación de prácticas restaurativas en donde puedan eventualmente participar actores comunitarios, víctimas y efectores públicos”, establece Iañez en el articulado.
“Esta ley sólo es aplicable a los jóvenes punibles que cometen delitos, y que estén condenados o detenidos en el marco de un proceso que se lleva a cabo en el fuero de responsabilidad penal juvenil”, explicó la legisladora durante su exposición en la Cámara baja, donde agradeció el interés y la predisposición de todos los organismos que colaboraron en la redacción de la ley.
De esta manera, la diputada platense advirtió que la ley “regulará las obligaciones de los jóvenes”, al tiempo que propone “algo novedoso” para la provincia de Buenos Aires, que ya comenzó a aplicarse en otros países del mundo, y tiene que ver con la justicia restaurativa en la participación de los victimarios en los procesos de reparación.
“En la provincia de Buenos Aires el delito joven es del 2,2%, comparativamente menor al ocasionado por mayores de edad, que en general son delitos contra la propiedad. La justicia reparativa busca reparar el daño, para recuperar aquel objeto de la cual ha sido privada la víctima, o si dañan alguna escuela que pueda ser reparada”, ejemplificó Iañez en el recinto.
Es preciso mencionar que, el segundo artículo del proyecto aprobado en Diputados, hace hincapié en que la ley “alcanzará a la ejecución, pena o medida cautelar impuesta por el Juez” siempre que el infractor no haya alcanzado la mayoría de edad al momento de cumplir con la reparación, o incluso si cumplió los 18 años durante el tiempo que se analizó la causa que lo compete.
“La ley regirá para todo tipo de medidas penales sea que estas impliquen o no la privación o restricción de la libertad ambulatoria, y en forma supletoria para el cumplimiento de aquellos acuerdos alcanzados por las partes en forma autocompositiva. Además, ésta regirá sin importar que el infractor sea alojado en un establecimiento especializado perteneciente al sistema Penal Juvenil o al Sistema Penal de Adultos”, remarca el articulado.
En concreto, el proyecto contempla que la autoridad de aplicación de la ley, sea judicial o administrativa, deberá “diseñar la medida socioeducativa” que crea conveniente para el delito cometido, así como también un plan de ejecución que garantice la participación de los adolescentes infractores, con especial atención en las particularidades de cada proceso penal.