Un hombre, acusado de mandar a matar a su primo y a un amigo, en un hecho ocurrido en 2012, en Monte Chingolo, Lanús, fue absuelto por el beneficio de la duda por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 6 de Lomas de Zamora. El abogado de la familia de la víctima había pedido 30 años de prisión mientras que el fiscal había solicitado 20 años.
Los jueces no consideraron que había pruebas suficientes para condenar a Adrián López por los crímenes de su primo Rubén López, de 29 años, y Sergio Ramírez, de 26 y por haber herido a Leandro Martínez, de 29 años, en 2012, en Monte Chingolo, Lanús Este.
“Lo han absuelto por el beneficio de la duda y porque el tribunal considera con hay presunciones. Nosotros seguimos sosteniendo que las pruebas que expusimos son contundentes e indican que López había amenazado a las víctimas, particularmente Rubén López se lo hizo saber a sus familiares, y los mandó a matar”, sostuvo el abogado de los familiares de las víctimas Ezequiel De Fazio.
En diálogo con Diarioconurbano.com, el letrado dijo que el fallo lo sorprendió tanto. “El presidente del tribunal mostró, durante el juicio, una actitud muy dura hacia el fiscal y particular damnificado”, explicó. Y añadió: “Lo que sí sorprende es que no se hayan considerado las pruebas concretas que presentamos”.
Tras adelantar que recurrirá el fallo ante el Tribunal de Casación bonaerense, al igual que el fiscal de juicio, Hugo Carrión, De Fazio dijo que “la familia está sorprendida porque, si bien era una posibilidad, confiaban en que había quedado probada la responsabilidad de Adrián López”.
Sobre el fallo, argumentó que “no siempre se condena con testigos directos. En los casos de abuso sexual, por ejemplo, el testimonio certero de la víctima es prueba contundente. Aquí, los testigos vieron cómo controlaba todo el día de los hechos, la existencia de una pelea y una amenaza previa al primo que mandó a matar. Eso es concreto”.
En tanto, el abogado insistió en que “el tribunal ha tenido una convicción errada de los hechos y de la responsabilidad de Adrián López, por eso pediremos que se revea el fallo en un tribunal superior”.
Por el hecho, habían sido condenados en juicio abreviado dos hombres, uno de ellos hermano de Adrián López.
Según la acusación con la que había sido elevada la causa a juicio oral, el hecho tuvo lugar el 15 de noviembre de 2012 en la “Plaza de la Virgencita”, San Carlos y 9 de Julio, en Monte Chingolo, donde varias personas se congregaban en horas de la noche. Según esa acusación, Adrián López fue testigo del hecho desde la ventana de su casa, luego de haberles indicado a los otros dos acusados que disparen a la gente de la placita para “dar muerte” a las víctimas.
Para el TOC 6 de Lomas de Zamora, luego del juicio, no quedó acreditada esa instigación por parte de Adrián López, que resultó absuelto y continuará en libertad.