El Gobierno nacional llevó al Consejo de Mayo un borrador de la Ley de Libertad Educativa, que busca derogar la Ley 26.206 y reformular el sistema educativo básico en todos sus niveles obligatorios. El texto, de 136 artículos, plantea un esquema centrado en la “libertad educativa” y en el rol primario de las familias en la formación de los estudiantes.
Principales medidas del proyecto
1. Nuevas modalidades de enseñanza
-
Home schooling habilitado como “forma alternativa de enseñanza”, sin edad mínima.
-
Los aprendizajes podrán acreditarse mediante exámenes periódicos.
-
Se incorporan la educación híbrida y a distancia como opciones formales.
2. “Libertad educativa”, rol de la familia y Estado subsidiario
-
Se afirma la libertad de enseñanza y aprendizaje como principio rector.
-
La familia es definida como “agente natural y primario” de la educación.
-
El Estado adopta un rol subsidiario frente a familias e instituciones.
3. Planes de estudio “propios”
-
Cada escuela podrá diseñar su plan de estudios propio, conforme a su ideario.
-
Se mantienen contenidos mínimos comunes para todo el país.
-
El Estado otorgará la validez nacional y llevará un Registro de Planes de Estudio.
4. Calendario escolar por horas
-
Mínimo de 540 horas anuales para nivel inicial.
-
Mínimo de 720 horas para primaria y secundaria.
-
Las escuelas podrán fijar su propio calendario, conforme a su proyecto pedagógico.
-
Hasta 25% del tiempo escolar queda reservado para “autonomía curricular”.
5. Autonomía institucional ampliada
-
Las escuelas podrán definir:
-
Régimen de gobierno interno.
-
Planes de estudio propios.
-
Gestión del personal.
-
Políticas de admisión, permanencia y disciplina.
-
-
Se prevé una transición progresiva hacia la autonomía en escuelas estatales.
6. Enseñanza religiosa optativa
-
Las jurisdicciones podrán ofrecer educación religiosa confesional en escuelas públicas, optativa y fuera del horario escolar.
7. Esencialidad de la educación
-
La educación básica es declarada servicio esencial, lo que obliga a garantizar una “continuidad mínima” ante medidas de fuerza.
8. Educación especial y modalidades
-
No se menciona la categoría “educación especial”.
-
Se habla de “alumnos con necesidades específicas”, incluyendo discapacidad.
-
Se incorporan educación rural, intercultural bilingüe, domiciliaria, hospitalaria, encierro y altas capacidades.
9. Evaluaciones nacionales y publicación de resultados
-
Las pruebas serán anuales y censales en el último año de primaria y secundaria.
-
Se evaluarán aprendizajes, desempeño docente y directivo.
-
El Estado podrá publicar resultados por escuela, sin identificar alumnos ni docentes.
10. Financiamiento y cambios en la inversión
-
Se elimina la meta del 6% del PBI para educación.
-
Se afirma el financiamiento “compartido” y el rol subsidiario del Estado.
-
Las escuelas estatales y privadas tendrán igualdad de acceso al financiamiento público.
-
Se prevén recursos para:
-
Escuelas (según matrícula, nivel socioeconómico y discapacidad).
-
Familias, mediante becas, vales educativos o créditos fiscales.
-
-
Se crea un Sistema Federal de Monitoreo de la Inversión Educativa.
11. Gobierno escolar y participación de familias
-
Los directores tendrán facultad para seleccionar y proponer contratación de personal y también proponer suspensiones.
-
Se crea un consejo escolar de padres como órgano de participación.
12. Carrera docente y evaluaciones periódicas
-
La formación inicial seguirá siendo de cuatro años.
-
Se crea el Instituto Nacional de Formación y Carrera Docente.
-
La estabilidad laboral queda sujeta al desempeño satisfactorio.
-
Habrá una evaluación obligatoria cada cuatro años sobre competencias pedagógicas, resultados de aprendizaje y actualización profesional.