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SAN JUSTO

Se cayó dentro de un colectivo tras una frenada brusca y la Justicia ordenó pagarle $44,9 millones

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Un adolescente que viajaba en un colectivo de la línea 382 sufrió una fractura en la pierna izquierda luego de que el chofer realizara una frenada brusca en San Justo, partido de La Matanza. A raíz del accidente, la Justicia fijó una indemnización de $44.920.000, más los intereses correspondientes, a cargo de la empresa de transporte.

El hecho ocurrió el 16 de mayo de 2022, cuando Mariano Correa Ojeda viajaba en el interno 474 de la línea 382. La unidad circulaba por la intersección de Presidente Perón e Illia cuando el conductor frenó repentinamente para evitar una situación de tránsito: varias personas empujaban un vehículo sobre la calzada.

Como consecuencia de la maniobra, el adolescente perdió el equilibrio y cayó dentro del colectivo. Sufrió una fractura de la tibia proximal izquierda, además de traumatismos y excoriaciones.

Por qué la Justicia responsabilizó a la empresa

Tras el accidente, la familia inició una demanda por daños y perjuicios contra Nueva Ideal S.A., responsable del servicio, y su aseguradora.

Durante el proceso, la empresa intentó desligarse de la responsabilidad por lo ocurrido. Sin embargo, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil consideró que la frenada no podía justificarse como una situación imprevisible.

Los jueces señalaron que el conductor había advertido previamente la presencia de personas que empujaban un vehículo sobre la calzada y que, por lo tanto, debía haber extremado las precauciones y mantenido el control de la unidad.

Además, remarcaron que las empresas de transporte público tienen una obligación de seguridad hacia sus pasajeros, que comprende garantizar condiciones adecuadas durante todo el recorrido.

Cómo se compone la indemnización de $44,9 millones

El 14 de octubre de 2026, la Sala G de la Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y estableció una indemnización total de $44.920.000, distribuida en tres conceptos:

  • $28.000.000 por incapacidad sobreviniente.

  • $15.000.000 por daño moral.

  • $1.920.000 para tratamiento psicológico.

A esos montos deberán sumarse los intereses correspondientes.

La Cámara mantuvo la condena contra Nueva Ideal S.A., con intervención de Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros, e impuso las costas de la apelación a la empresa.

De todos modos, el fallo corresponde a una sentencia de segunda instancia y todavía no se encuentra firme.

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