Un tribunal oral de Morón absolvió a la pareja de Tatiana Fernández, una agente de la Policía Local de Esteban Echeverría quien murió en extrañas circunstancias en una vivienda de El Palomar, tras estar acusado de femicidio. El joven absuelto había sido condenado hace más de un año por un tribunal de Lomas de Zamora por exceso en legítima defensa.
“No se probó el hecho traído por la Fiscalía”. Así, los jueces Julia de la Llana, Claudio Chaminade y Pablo Gossn, por unanimidad, absolvieron a Maximiliano Fantino, el acusado de haber matado a su pareja en el domicilio sobre la calle Perdriel al 800 en El Palomar.
“Tan es así que prácticamente no fue necesario deliberar. En efecto, me permito contar que, terminado el juicio, no bastaron más que un par de miradas con mis colegas para constatar que los tres estábamos azorados por el temperamento adoptado por la fiscalía al sostener la acusación luego de escuchar los mismos testimonios que escuchamos nosotros”, fundamentó la jueza De la Llana, del tribunal oral de Morón que absolvió al acusado Fantino.
El durísimo cuestionamiento refiere a lo pedido por los fiscales María Alejandra Bonini y Pablo Masferrer, quienes habían solicitado la pena de prisión perpetua para el imputado, dado que ambos le habían adjudicado a Fantino el delito de homicidio agravado por ser cometido contra una mujer perpetrado por un hombre, mediando violencia de género, y por el empleo de arma de fuego, en concurso real con tenencia ilegal de arma de guerra. Léase, un femicidio, pero sin ninguna prueba.
A lo largo de las ocho jornadas que tuvo el juicio, según el tribunal, no se pudo establecer cuál fue la mecánica de la muerte de Tatiana Fernández, que la noche del 7 de marzo de 2017 estaba en su casa junto a su pareja y la pequeña hija de ambos, Oriana, de apenas un año y medio. La mujer, agente de la Policía Local de Morón pero proveniente de Esteban Echeverría, donde vivió toda su vida, estaba embarazada de seis meses cuando recibió un balazo que le ingresó por el tórax con orificio de entrada a nivel del epigastrio.
Ese disparo lesionó el hígado, el pulmón derecho, la vena cava inferior y el cuerpo de la onceava vértebra dorsal y salió por la parte posterior del tórax, lo que le produjo un paro cardiorrespiratorio traumático y la posterior muerte mientras estaba siendo operada en el Hospital Posadas. Lo que nunca se supo, ni se podrá saber a futuro, es si la bala se la autodisparó o si el que gatilló fue su pareja. Para los jueces, no hay pruebas de que haya sido Fantino, por eso la absolución.
A lo largo de la investigación, el imputado siempre mantuvo su versión de los hechos y explicó que se había tratado de un suicidio. Relató que la noche anterior estaba con su mujer y su hija, comieron, ordenaron y se fueron dormir en el sommier que estaba en el comedor (después de mirar una serie, aproximadamente a la 1:30 o 2 de la mañana, porque al otro día tenían que hacer trámites). A la mañana escuchó un estruendo, un disparo. La encontró sentada al lado de la cama sobre un canasto de la ropa.
Es más: a través de sus abogados presentó una agenda que encontró en la habitación, debajo de un mueble, con una nota de Tatiana (se comprobó que era su letra) que decía: “Perdón por tan poco y Gracias por tanto. Son los amores de mi vida. Gordo que Ori siempre se acuerde que la amé con mi alma. Agos perdón hija x tan poco… Maxi Te amo con mi vida…”
“La controversia entonces se ciñe a determinar si la lesión que acabó con su vida fue autoinfligida o si fue su pareja, Maximiliano Fantino, quien le disparó”, es la conclusión a la que arriba a la jueza De La Llana, que conversó con Primer Plano Online una vez dado a conocer el veredicto. Y, como no se pudo probar, entonces no hay elementos para condenar, incluso leyendo la causa con perspectiva de género, como hizo la propia magistrada.
“Lo más importante de la investigación, lo que podría habernos aportado información objetiva que nos permitiera reconstruir cómo fue el suceso verdaderamente son los peritajes. De todos ellos nada, nada de nada, pudimos obtener. Ello no sólo por mala fortuna como puede ocurrir en algunos casos sino por la mala preservación de las evidencias o falta de dirección en la investigación”, es otro de los párrafos contundentes de la resolución judicial, muy crítica con el trabajo de ambos fiscales.
Y finaliza con dos conclusiones. La primera, que “las pruebas, entonces, que sí hubieran traído luz sobre aquel terrible suceso tuvieron resultado negativo, y ello por la propia negligencia de quienes tenían la función de investigar, que no son otros que los que pidieron prisión perpetua para Maximiliano Fantino”. La segunda: “qué importante hubiera sido para la averiguación de la verdad -y para la propia familia- haber custodiado las muestras y, en consecuencia, poder realizar las pericias con éxito, porque hubiéramos sabido quien disparo y a partir de allí hubiera sido mucho más simple la investigación.
- Por Norman Díaz (http://www.primerplanoonline.com.ar)
