Por laDra. Noelia Coelho Silva (*).Hace ya décadas, expertos en comunicación -y otras ramas afines- denuncian el poder que se ejerce desde los grandes medios de comunicación mediante la t r a n s misión de m e n s a j e s –“verdades”- que se ocultan tras los títulos y notas en temas de interés público. No obstante ello, pese a grandes esfuerzos por desenmascarar este mecanismo y las ocultas intenciones de sus difusos detentadores, aquí estamos… recibiendo bombardeos comunicacionales que acarrean consecuencias nefastas en nuestra sociedad.
Si bien estas prácticas de poder se vislumbran en cuantiosos ámbitos, han tenido una particular influencia en la cuestión criminal –siendo un factor desencadenante d e l d e n o m i n a d o » p o p u l i s m o punitivo», que supone una demanda social de mano dura en un presunto contexto de emergencia. En este sentido, escuchamos hablar de «JUSTICIA POR MANO PROPIA», cuando un sujeto mata a una persona que intentó desapoderarlo de su propiedad privada. Esto lleva implícito que este acto es una forma de hacer “justicia” -dar a cada uno lo suyo-, intentando legitimar una situación que a las claras, se encuentra fuera de la ley.
Así, sostener «LO MATÓ EN DEFENSA PROPIA» es un argumento falaz: no se defiende un objeto arrebatando la vida. En igual orden, el titular «EL CARNICERO MATO AL LADRON», nos da cuenta de que hay un sujeto activo que se describe por su actividad en la vida civil -su oficio-, que comete un acto legítimo de eliminación de un desviado: «el ladrón».
A fin de ilustrar la manipulación en el mensaje, entiéndase que la misma noticia podría haber sido titulada, desde un marco conceptual opuesto: «ASESINO DIO MUERTE A UN SUJETO QUE INTENTABA HUIR CON SU VEHICULO» –ambas serían válidas. Aunado a ello, el mensaje de los órganos judiciales se v u e l v e p e l i g r o s o y segregacionista: excarcelan –liberan- a los ciudadanos “honestos” por inexistencia de riesgos procesales –fuga o e n t o r p e c i m i e n t o d e l a investigación-, mientras que el mismo parámetro es desechado en delitos de menor cuantía cometido por un sector que pertenece a un “ellos”. El baremo atiende al sujeto, no a la gravedad del acto o existencia real de riesgos de índole procesal –derecho penal de autor-.
Ahora bien, ¿qué sucede con la comunicación en casos de femicidios?. Pese las marchas «NI UNA MENOS» y el gran activismo en defensa de los derechos de las mujeres, aún hoy los hechos son comunicados como crímenes «pasionales». Entiéndase que no hay un ápice de pasión ni amor en estos supuestos, sino mera violencia. Útil sería por su parte, que en vez de extenderse en detalles morbosos del asesinato, se informe a la población que las 24 hs. del día funciona una línea telefónica gratuita de asesoramiento para mujeres que padecen este flagelo: *144.
E s i m p o r t a n t e q u e l o s ciudadanos comprendamos que estos procesos son producto de una voluntad manifiesta, que parten desde una concepción cultural predominante del discurso que trata de perpetrarse en el poder, que se reproduce a diario y que los lectores somos quienes tenemos la responsabilidad de deconstruir los mismos.
No está de más recordar, que la Ley 26.522/09 de Servicios de Comunicación Audiovisual consagró un nuevo paradigma que concibe la comunicación como un derecho humano fundamental para el ejercicio de la ciudadanía. En este marco, los medios audiovisuales tienen un desafío y una responsabilidad: proporcionar modos de comprensión del mundo que promuevan y respeten los derechos humanos y la vida en democracia. No lo olvidemos.