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MERLO

La Municipalidad quiso embargarle la jubilación a una mujer y la Justicia lo rechazó

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Una jubilada que cobra $435.748 mensuales estuvo a punto de sufrir un embargo sobre sus haberes previsionales por un reclamo vinculado a la Municipalidad de Merlo. Sin embargo, la Justicia rechazó la medida y sostuvo que la jubilación está protegida por su carácter alimentario.

La resolución fue dictada el 30 de septiembre de 2026 por el juez subrogante Carlos Alberto Miceli, del Juzgado de Paz de Merlo, en el marco de un juicio de apremio.

El reclamo estaba relacionado con honorarios de un abogado que había representado a la Municipalidad. El magistrado aclaró que la jubilada nunca había sido cliente del profesional y que no existía entre ambos un vínculo contractual por el cual correspondiera reclamarle esos honorarios.

Por qué rechazaron el embargo

El juez explicó que, aunque las costas del proceso pudieran estar a cargo de la demandada, el cobro debía dirigirse contra aquellos bienes de su patrimonio que legalmente pudieran ser embargados.

En ese sentido, se apoyó en la Ley 24.241, que establece la protección de las prestaciones previsionales frente a embargos, salvo determinadas excepciones.

Según el fallo, la jubilación tiene naturaleza alimentaria, ya que está destinada a cubrir las necesidades básicas de la persona mayor. Las excepciones contempladas por la normativa incluyen, entre otros casos, las obligaciones alimentarias y determinadas litis expensas, situaciones que —según el magistrado— no se daban en este expediente.

El juez también tuvo en cuenta la Constitución Nacional, la Constitución bonaerense y la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores.

“Debe primar la dignidad humana sobre el crédito”

Uno de los argumentos centrales de la resolución fue que afectar los ingresos previsionales podría comprometer la seguridad económica y los recursos necesarios para la subsistencia de la jubilada.

“Debe primar la dignidad humana sobre el crédito”, sostuvo Miceli al fundamentar su decisión.

Finalmente, el magistrado denegó el pedido de embargo sobre los haberes previsionales de la mujer y remarcó la protección legal que alcanza a las jubilaciones.

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