En medio de meses difíciles para llegar a fin de mes, el pago de la primera cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC), popularmente conocido como el «aguinaldo», se convierte en el respiro económico más esperado por los trabajadores registrados en la provincia de Buenos Aires y todo el país. Esta primera mitad del año cubre el período trabajado entre enero y junio de 2026.
Para que revises tu cuenta sueldo y no te queden dudas, acá te dejamos la guía completa con los plazos legales, la fórmula para calcularlo y qué reclamos podés hacer.
¿Hasta cuándo tienen tiempo de depositarlo?
Aunque la ley establece formalmente que la fecha límite para el pago de la primera cuota del aguinaldo es el 30 de junio, la legislación argentina contempla una tolerancia de hasta cuatro días hábiles de prórroga para que las empresas realicen el depósito.
Por lo tanto, teniendo en cuenta el calendario, los empleadores del sector público y privado tienen tiempo límite hasta el próximo lunes 6 de julio para acreditar el dinero en las cuentas de sus empleados. Si pasa esa fecha y el saldo sigue en cero, el pago ya se encuentra fuera de término.
¿Cómo se calcula el monto exacto?
La matemática detrás del aguinaldo es simple, pero tenés que tener el recibo de sueldo a mano: el monto equivale al 50% de la mayor remuneración mensual devengada dentro del semestre (de enero a junio).
Qué se cuenta: Se toma el mes en el que cobraste más plata. Ahí adentro entran los conceptos remunerativos básicos, pero también suman las horas extras, comisiones, premios o plus por presentismo que hayas percibido.
Proporcional: Si entraste a trabajar hace poco o no completaste los seis meses enteros en la empresa, no perdés el beneficio. Se te paga un proporcional calculado en base a los días exactos que trabajaste en el semestre.
¿Quiénes lo cobran y quiénes quedan afuera?
El beneficio del SAC es un derecho que alcanza por igual a:
Trabajadores en relación de dependencia del sector privado.
Empleados de la administración pública (nacional, provincial y municipal).
Jubilados y pensionados de la ANSES.
Por el contrario, el esquema laboral argentino deja excluidos del aguinaldo a los trabajadores monotributistas, autónomos y a quienes se desempeñan en el mercado informal («en negro»), quienes lamentablemente no perciben este ingreso extra.
¿Qué pasa si la empresa o el comercio no paga?
Al tratarse de un derecho amparado por la Ley de Contrato de Trabajo, el pago no es opcional para el empleador. Si para el lunes 6 de julio no ves la acreditación del aguinaldo, estás respaldado legalmente para iniciar un reclamo formal de manera interna, a través del sindicato de tu actividad o mediante el Ministerio de Trabajo, exigiendo que se regularice la deuda de inmediato.
