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Atropelló borracho y mató un ciclista en Ezeiza: lo condenaron a 8 años

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El Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 3 de Lomas de Zamora condenó a 8 años de prisión a un hombre que, borracho y en contramano, atropelló a dos ciclistas en Ezeiza, en un hecho ocurrido en junio de 2018. Los jueces consideraron que se trató de un homicidio con dolo eventual, tal como lo había pedido la fiscal Viviana Giorgi.
Fuentes judiciales informaron a Atropelló borracho y mató un ciclista en Ezeiza: Lo condenaron a 8 años que el TOC 3 condenó a 8 años de prisión a Cristian Marcelo Vernaz por homicidio con dolo eventual. También le impusieron la inhabilitación de 10 años para conducir.
Los jueces dispusieron que el hombre cumpla la condena en prisión domiciliaria, con un sistema de monitoreo permanente
El 20 de junio de 2018, alrededor de las 17,30, Cristian Vernaz atropelló a Alberto Petrini y Verónica Pace, quienes se movilizaban en dos bicicletas por la avenida De La Noria, en dirección a los Bosques de Ezeiza.
Según se determinó, Vernaz se movilizaba alta velocidad, en contramano – en el mismo sentido que las víctimas – y estaba alcoholizado.
Petrini falleció como consecuencia del impacto mientras que Pace sufrió heridas de distinta consideración.
Para la fiscal Viviana Giorgi, Vernaz se representó “claramente la posibilidad de provocar un resultado dañoso para terceros, incluso la muerte, al tener conocimiento de la prohibición vigente para circular vehículos por la vía pública en estado de ebriedad, como también pleno conocimiento de los efectos adversos que provoca el consumo excesivo de bebidas alcohólicas en el cuerpo y en la psiquis”.
La fiscal pidió que se condenara al hombre por «homicidio en concurso real con lesiones leves» y que si los jueces no lo consideraban así se lo hiciera encuadrando el hecho como “homicidio culposo agravado por ocasionarse en la conducción de vehículo automotor en forma imprudente, negligente o antirreglamentaria y por violar las normas de tránsito que indican el sentido de circulación vehicular y por conducir un nivel de alcoholemia superior a un gramo por litro de sangre en concurso ideal con lesiones leves culposas”
Finalmente, el TOC 3 consideró que se había tratado de un homicidio con dolo eventual, entendiendo que Vernaz se pudo representar el peligro que causaría manejando borracho en contramano.


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